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El contrato de renting es aquel
contrato de arrendamiento mercantil por el cual una de las partes, la empresa de renting, pone a disposición de su cliente, el arrendatario, unos bienes concretos.
Depende de las prestaciones incluidas en el mismo, así como del tipo de alquiler que se realiza:
En algunos tipos de renting se incluyen también los elementos que componen el vehículo, tales como:
Por lo general, un contrato de alquiler tiene cierta flexibilidad y puede ajustarse a las necesidades del cliente, tanto a nivel de tiempo como a nivel de servicios contratados.
Las fotos que se ven en este artículo son solo informativas.
Texto consolidado
Información relacionada con la Normativa Vigente.
Esta Información está recogida del Real decreto 866/2010, de 2 de julio.
Artículo 8. Inspecciones técnicas
En sus apartados del 1 al 5 dice...
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