📸 Directorio fotográfico* de consejos de ITV, neumáticos, frenos

*Ver más completo categorías PREGUNTAS y RESPUESTAS.

 ¿Puedo dejar sin seguro mi coche si no lo uso?

 Cuando no usamos nuestro vehículo ya sea coche, moto... lo primero que pensamos es porqué pagar el seguro si no lo uso.

Nó se puede dejar el coche sin seguro.

Este artículo te informa con textos e imágenes de unos consejos sobre el seguro de tu vehículo.

CEO FAQcar



Porqué no dar de baja el seguro.

Nó, sea cual sea el vehículo a motor al que nos refiramos, éste siempre tiene que tener contratado como mínimo un seguro con la cobertura de responsabilidad civil obligatoria, pues así lo dispone el Artículo 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004.


¿Y el seguro de la moto?

Relativo a los automóviles o motocicletas, que suelen ser sobre los que más consultan se realizan, éstos siempre tienen que estar asegurados, sea cual sea su uso, es obligatorio. 

Debemos de tener en cuenta además, que desde el ejercicio 2016 la Dirección General de Tráfico está facultada para realizar cruce de datos de todas las matrículas vigentes en España con las aseguradoras, para poder detectar de esta forma aquellos coches que se encuentran en alta en sus ficheros de tráfico pero sin seguro, estén donde estén.


Actualmente no hace falta una parada por los agentes de la autoridad para saber si el vehículo cuenta con su correspondiente seguro, de forma que incluso coches que no se han dado pertinentemente de baja en la DGT, por las razones que sean, están siendo localizados y se les está requiriendo a su propietario justificante del último recibo pagado del seguro del vehículo, pues en sus ficheros no consta como asegurado.


¿Me pueden sancionar sin seguro?

Las sanciones que se pueden establecer por no tener el correspondiente seguro obligatorio oscilan desde los 600€ a los 1.500€, por lo que el parque móvil español está siendo actualizado, a marchas forzadas. 


La comprobación del seguro.

Lo que sí ha cambiado de forma relevante es la forma de conocer si un vehículo posee o no su correspondiente seguro, ya que la base de datos existente, fichero FIVA (Fichero Informativo de Vehículos Asegurados), permite que los agentes de la autoridad puedan realizar la comprobación de la existencia seguro sin necesidad de tener que enseñar el recibo de pago por nuestra parte.


 Porqué es mejor llevar el seguro.

No obstante es conveniente llevarlo siempre en el coche, ya que el sistema informático puede fallar y es la única forma de demostrar que poseemos el seguro pagado. 

En más de un 90% la consulta es factible y positiva, pero puede ocurrir que el seguro sea de reciente contratación, el sistema falle, o simplemente haya que hacer una comprobación por edad o matrícula del coche o moto, por lo que con el recibo en la mano podemos verlo rápidamente y sin dudas.

Hay que tener en cuenta que el volcado de datos de las altas y bajas de los contratos de seguro de vehículos a motor se realizan a las 00:00 horas de forma diaria, con lo que un seguro contratado en el día de hoy no aparecerá en el fichero hasta mañana.


Nuestro consejo.

Nuestra recomendación personal es llevar siempre el contrato de seguro en el vehículo, no sólo por el tema justificativo, hay que tener en cuenta que en él aparecen todos nuestros datos, teléfonos de asistencia, etc.., de forma que si tenemos que comunicarnos con la aseguradora, por un problema en carretera, lo tenemos todo a mano.

Las fotos que se ven en este artículo son solo informativas.

Información de los iconos del artículo. 

Especificaciones

Texto consolidado

Normativa

Información relacionada con la Normativa Vigente.

REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA R.D.

Información recogida del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
TÍTULO I

Normas generales

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 2. Registro de Vehículos.

En su apartado 1 sobre el seguro del vehículo dice... 

+ información del artículo 2. Registro..

Información del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.

CAPÍTULO II . Del aseguramiento obligatorio

Sección 1.ª Del deber de suscripción del seguro obligatorio

Artículo 2*. De la obligación de asegurarse.

este apartado dice.....

*Al hacer clic abre en otra página fuera de la web. (B.O.E).
+ información* en el B.O.E, tarda un poco en aparecer debido al peso de la página del BOE en unos segundos aparece el artículo 2.
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.

Algunos Tips cortos de vídeos relacionados.

        Ceo FAQcar

Resumiendo este artículo
No debemos de dar de baja nuestro vehiculo del seguro y es aconsejable llevar los documentos de estar al día en nuestro seguro... y otros apartados que le hemos comentado en este artículo y como último la legislación de referencia.

GANADOR DEL PREMIO

Recuerda  que  al  final  de  este  artículo  tienes  más opciones de información.

¿QUE TE HA PARECIDO EL ARTÍCULO?

- Es útil
- Esto no es relevante
- Hay algún problema
- No es útil

Empresas* relacionadas con este artículo de Seguros.

*Visita el apartado EMPRESAS.

  • Logo FAQcar
  •   También te puede interesar estos cuatro  artículos relacionados con los seguros.

    ist moto

    Utiliza el icono "Menú" de arriba a la izquierda para ver más artículos interesantes.

    Empresas* relacionadas con este artículo (en preparación)

    *Visita el apartado EMPRESAS.

    Comparte esta página

    Share by: