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Cuando tengamos que hacer una reforma debemos efectuar varios procedimientos, como tener el certificado de la reforma, el informe de conformidad.
Si puedo modificar la altura de mi vehículo. Según el Real Decreto 866/2010 de 2 de julio,se contempla la modificación de sistemas de suspensión.
Por lo tanto este tipo de reformas son consideradas como reformas de importancia y deben realizarse bajo la dirección de un técnico competente (ingeniero colegiado).
Principalmente existen dos tipos de suspensión, la mecánica y la neumática. La suspensión mecánica puede consistir en diferentes sistemas mecánicos como muelles, ballestas y barras de torsión.
En cambio la suspensión neumática suele estar compuesta por
amortiguadores hidráulicos. Para la homologación de esta reforma nos centraremos en la modificación de los dispositivos más comunes y sencillos que son los muelles.
El elemento responsable de la altura de un vehículo o de la suspensión del mismo es el muelle. Por ello siempre que deseemos modificar la altura de vehículo deberemos actuar directamente sobre las propiedades del mismo muelle.
Principalmente un muelle viene caracterizado por las siguientes variables: número de espiras, diámetro del alambre, altura del resorte y módulo de elasticidad.
Por ejemplo:
En el caso de que quisiéramos reducir la altura de un vehículo implícitamente lo que buscamos es una reducción de la longitud del propio muelle.
Pero para ello no basta con acortar el muelle, puesto que si redujésemos su longitud perdería rigidez y en consecuencia el vehículo bajaría en exceso llegando al tope de sus amortiguadores sin capacidad alguna de amortiguar las irregularidades de la carretera.
Por lo tanto si queremos modificar la altura de un vehículo sin mayores repercusiones siempre deberemos emplear un conjunto de muelles específicos que nos garanticen la altura que buscamos.
En 4 Pasos podrás tener la reforma de tu vehículo para pasar la ITV.
Como en toda obra sujeta a una certificación de control lo primero que deberemos realizar antes de iniciar las modificaciones de nuestro vehículo es contactar con un técnico competente en homologación de reformas en vehículos.
Dicho profesional elaborará un proyecto técnico en base a los requisitos solicitados por el cliente y por tanto velará por la correcta ejecución de los mismos.
Ya en este punto el técnico solicitará un informe de conformidad a un laboratorio de automóviles que darán fe de la correcta ejecución del proyecto.
Una vez con el informe de conformidad ya se podrá solicitar cita en la ITV para poder homologar la reforma indicada en la ficha técnica del vehículo.
Las fotos que se ven en este artículo son solo informativas.
Información relacionada con la Normativa Vigente.
La información que viene a continuación esta recogida del Real Decreto 866/2010, de 2 de julio.
Artículo 7. Tramitación y documentación
ANEXO I - Tipificación de las reformas de vehículos
ANEXO II - Informe de conformidad
ANEXO III - Certificado del taller
En sus apartados dice...
Recuerda que al final de este artículo tienes más opciones de información.
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