📸 Directorio fotográfico* de consejos de ITV, neumáticos, frenos

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Reglamento General de Vehículos. Artículo 11. Generalidades. Condiciones técnicas. Apartado 7


BOCINA ITV
Apartado 7.
Todo vehículo de motor, excepto los motocultores conducidos a pie, estará provisto de un aparato productor de señales acústicas que emita un sonido continuo, uniforme y de suficiente intensidad. Sólo en los vehículos que tengan el carácter de prioritarios se instalarán aparatos emisores de señales acústicas especiales, siempre que estén debidamente autorizados por el órgano competente en materia de industria.
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