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¿Cuándo voy a la cita previa ITV, homologacion de neumáticos ITV miran o revisan su homologación?

Antes de pasar la cita previa ITV los neumáticos deben de presentar dibujo en las ranuras, no deberán presentar síntomas que afecten a su funcionamiento, su homologación, te pasamos a continuación los pasos que dan en la ITV para revisar tu coche de esos elementos.

Antes de pasar la ITV debemos de llevar los neumáticos ITV en buen uso.

Ejes, Ruedas, Neumáticos, Suspensión.

Pedir cita previa ITV.

Las dudas que puedas tener de las luces antiniebla antes de ir a la ITV.


Especificaciones generales de los neumáticos.

Los vehículos de motor, remolques, y semirremolques deben tener sus ruedas provistas de neumáticos (nuevos o recauchutados) que presenten dibujo en las ranuras principales de la banda de rodadura y su estado reúna las condiciones mínimas de utilización. 

Los neumáticos deberán estar homologados y las dimensiones, características y configuración de los mismos serán las previstas por el fabricante en la homologación del vehículo o sus equivalentes.


Se entiende por neumáticos equivalentes aquellos que cumplen con los siguientes requisitos:

  • - Índice de capacidad de carga igual o superior a los mínimos indicados en la tarjeta ITV o en su homologación de tipo.

- Categoría de velocidad igual o superior a los mínimos indicados en la tarjeta ITV o en su homologación de tipo.


- Igual diámetro exterior, con una tolerancia de ± 3%.

- Que el perfil de llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.


Tarjeta de ITV con medida neumáticos homologada.


Queda prohibida la sustitución de neumáticos cuando la misma implique riesgos de interferencias con otras partes del vehículo.

Los neumáticos de los vehículos de las categorías M, N y O, deben presentar, durante toda su utilización en las vías públicas, dibujo en las ranuras principales de la banda de rodadura y, en el caso de los de las categorías M1, N1, O1 y O2 esta profundidad será como mínimo de 1,6 mm, y deben tener indicadores de desgaste.


Los vehículos históricos equipados originalmente con neumáticos o cubiertas de otros tipos que, cuando eran nuevos tenían ranuras de una profundidad inferior a 1,6 mm., podrán utilizar estos en condiciones excepcionales en la vía pública cuando se determine reglamentariamente.

  • En el caso de que el índice de capacidad de carga no conste en la TITV, se deducirá de la masa técnica máxima autorizada (MTMA) por eje señalada en la TITV.

En el caso de que la categoría de velocidad no conste en la TITV, se comprobará que la velocidad capaz de soportar el neumático es superior a la velocidad máxima capaz de alcanzar el vehículo, tal y como figure en las especificaciones técnicas de este último.

  • En caso de no conocer estas especificaciones, como mínimo deberá tener un código de velocidad Q para una velocidad de 160 Km/h para los vehículos M1 y N1 de forma análoga al criterio de neumáticos M&S y POR que tienen que tener una velocidad máxima prevista no inferior a 160 Km/h y una etiqueta de advertencia de velocidad máxima.

-Para vehículos de otras categorías, en los mismos casos, como mínimo deben tener una categoría de velocidad mínima según el cuadro siguiente:

 Categoría mínima de velocidad
  •                        K

  •                        L

  •                        J

  •                        G
Categoría del vehículo                    
  • N2, N3                                                                   
  • M2, M3                                                                  
  • O1, O2                                                                 
  • O3, O4                                                                  

Si se utilizan neumáticos especiales de nieve, estos irán marcados con la inscripción M+S, MS o M&S y deberán tener una categoría de velocidad, bien igual o superior a la velocidad máxima prevista para el vehículo, bien no inferior a 160 km/h. 

  • Si la velocidad máxima del vehículo es superior a esta deberá especificarse en una etiqueta de advertencia de velocidad máxima, situada en un lugar destacado dentro del campo de visión del conductor del vehículo.

En el caso de los vehículos equipados con neumáticos todo terreno de uso profesional «Professional Off Road» (marcado POR), si la velocidad máxima del vehículo es superior a la del índice de velocidad de los neumáticos montados, deberá especificarse en una etiqueta de advertencia de velocidad máxima, situada en un lugar destacado dentro del campo de visión del conductor del vehículo, de forma permanente.

  • Incluso si los neumáticos son técnicamente “idénticos”, los neumáticos M+S, MS o M&S (categoría de neumáticos de nieve) y los neumáticos POR (Off-Road Profesional) pertenecen a dos tipos diferentes. Por lo tanto, no se pueden mezclar en el mismo eje. 

La categoría de velocidad de un neumático, expresada mediante el símbolo que figura en la tabla que se incluye a continuación, indica:
- Para un neumático de vehículo turismo, la máxima velocidad que el neumático puede soportar.
- Para un neumático de vehículo comercial, la velocidad a la cual el neumático puede llevar la masa correspondiente al índice de capacidad de carga.

Los neumáticos identificados mediante las letras "V" o "Z" situadas dentro de la designación del tamaño del neumático, delante de las indicaciones de la estructura del mismo, son adecuados para velocidades máximas superiores a 240 km/h.


El índice de capacidad de carga (ICG) de un neumático, indica la carga que puede soportar el neumático en utilización simple, o simple y doble (en el caso de que aparezcan dos números), a la velocidad que corresponda a la categoría y cuando se utilice de conformidad con los requisitos de funcionamiento especificados por el fabricante. 

-

A continuación se incluye una lista de dichos índices y sus masas correspondientes..

Método de trabajo para inspeccionar los neumáticos.


Mediante inspección visual se comprobará:

  • Dimensiones y características de los neumáticos:

  • Marca de homologación.
  • Dimensiones coincidentes o equivalentes a las que aparecen en la tarjeta ITV o en la homologación de tipo.

  • Índice de capacidad de carga y categoría de velocidad adecuados a las características del vehículo.

En el mismo eje, todos los neumáticos serán del mismo tipo.

Se entenderá por mismo tipo que no presentan entre sí diferencias en los siguientes aspectos:

  • - Designación del tamaño de los neumáticos;
  • - Categoría de utilización del neumático (normal, de nieve, de uso temporal, etc.);
  • - Estructura (neumático diagonal, diagonal cinturado, radial, autoportante);
  • - Símbolo de la categoría de velocidad;
  • - Índice de capacidad de carga;

  • Que la profundidad de las ranuras principales de la banda de rodadura, cumpla las prescripciones reglamentarias.

  • Si los neumáticos han sido reesculturados, que vayan marcados con la palabra REGROOVABLE o el símbolo Ω.
  • La inexistencia de desgaste irregular en la banda de rodadura.

  • La inexistencia de ampollas, deformaciones anormales, roturas u otros signos que evidencien el despegue de alguna capa en los flancos o de la banda de rodadura.

Las fotos que se ven en este artículo son solo informativas.


REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA

Información recogida del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

Neumáticos

Artículo 12 Apartado 5* Anexo VII*

*Ver enlaces

Particular: Directiva 92/23/CEE.

Reglamento CEPE/ONU 30 R.

Reglamento CEPE/ONU 54 R.

Reglamento CEPE/ONU 108 R.

Reglamento CEPE/ONU 109 R.

*VER >> + información Artículo 12 apartado 5

*+ información ANEXO VII

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Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.

        Ceo FAQcar

Resumiendo este artículo
Antes de pasar la ITV mediante inspección visual se revisará, sus dimensiones, características,capacidad de carga, categoría de velocidad, inexistencia de ampollas.... conforme al apartado que le hemos comentado y como último la reglamentación de referencia.

GANADOR DEL PREMIO

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