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¿Cuando voy a la cita previa ITV de los gases contaminantes que miran o revisan?

Antes de pasar la cita previa de ITV debemos de comprobar los gases contaminantes de nuestro vehículo si lleva encendido por comprensión, ver que no tenga fugas de gases y que cumpla las especificaciones y otros elementos que a continuación te comentamos.

Las emisiones contaminantes del vehículo con motor de encendido debemos de controlarlas antes de pasar la ITV.

Emisiones Contaminantes.
Vehículos con motor de encendido por compresión.

Este artículo te informa de los procedimientos que hacen en la ITV de las emisiones contaminantes por compresión.

CEO FAQcar

 ITV.

Las dudas que puedas tener de las luces antiniebla antes de ir a la ITV.


Especificaciones generales gases contaminantes, encendido por compresión.

El procedimiento de inspección se aplicará a vehículos equipados con motor de encendido por compresión (ciclo Diesel), matriculados a partir del 01/01/80. Los vehículos matriculados con anterioridad a esta fecha están exentos del cumplimiento de los requisitos que se describen en este punto.

En los vehículos con niveles de emisión en TITV EURO 5 (únicamente categorías M1 y N1) y 6, y EURO VI, se utilizará la lectura del diagnóstico a bordo de emisiones (EOBD/WWHOBD6 , en adelante OBD).

-

En el caso de vehículos EURO VI (M2,M3,N2,N3) se efectuará únicamente la prueba mediante OBD. 

Método de trabajo para inspeccionar los gases contaminantes con encendido por compresión, para pasar ITV.

  • Condiciones del vehículo para la realización de la prueba:
  • - En los ensayos que se realicen se utilizará el combustible comercial que lleve el vehículo.

  • Se comprobará mediante inspección visual el sistema de escape a fin de comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no presenta fugas.

  • Cuando sea posible, se realizará una inspección visual del equipo de control de emisiones a fin de comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no presenta fugas.
 Se comprobará que el motor esté caliente y en condiciones mecánicas adecuadas, comprobables visualmente.
- Todos los equipos que consuman energía (aire acondicionado, luces, etc.) estarán desactivados, excepto las luces de encendido automático.
- En el caso de vehículos híbridos se utilizará el protocolo de encendido del motor de combustión establecido por el fabricante.
El indicador MIL se apaga tras el chequeo del sistema.Esta comprobación debe efectuarse únicamente a vehículos matriculados a partir del 1/1/2008.
En el caso de que se deba realizar lectura de OBD, la detección de los defectos 5 y 6.2 a 6.5 de este aparatado, determinará la no realización de la prueba de medida física de emisiones. No podrán almacenarse datos relacionados con DTC controlados por el fabricante (según ISO 15031-6). Dicha información es propiedad del fabricante del vehículo y por tanto tiene carácter confidencial.
COCHE

Preacondicionamiento del vehículo:

 

  • Los vehículos podrán ser sometidos a ensayo sin preacondicionamiento.
  • No se rechazará ningún vehículo a menos que haya sido preacondicionado de conformidad con los requisitos que se detallan a continuación:
  • El motor debe estar totalmente caliente, por ejemplo la temperatura del aceite del motor medida mediante sonda introducida en la boquilla de la varilla de nivel de aceite del motor debe ser como mínimo de 80ºC, o a la temperatura normal de funcionamiento si es inferior, o la temperatura del cárter del motor medida por el nivel de radiación infrarroja debe ser como mínimo equivalente. 

Si, debido a la configuración del vehículo, tal medición es impracticable, la temperatura normal de funcionamiento del motor podrá ser determinada por otros medios, por ejemplo mediante el funcionamiento del ventilador del motor.


  • El tubo de escape deberá ser purgado mediante tres ciclos de aceleración en vacío, comprobándose que la velocidad de desconexión no sea anormalmente baja o sobrepasa el límite de la zona de peligro indicado en el taquímetro del vehículo o los valores establecidos por el fabricante.

    Procedimiento de ensayo:

  • La medición de la opacidad de los humos de escape de los vehículos provistos de motor de encendido por compresión, se realizará mediante el método de aceleración libre (motor desembragado y pasando de la velocidad de ralentí a la velocidad de desconexión), que se expone en los apartados siguientes.

  • El motor, y cualquier turbocompresor incorporado, debe estar al ralentí antes de que comience cada ciclo de aceleración en vacío. En el caso de motores diesel de gran potencia, esto significa esperar al menos 10 segundos después de soltar el acelerador.
  • Para comenzar cada ciclo de aceleración en vacío, el pedal del acelerador debe ser accionado a fondo con rapidez y continuidad (esto es, en menos de 1 segundo), aunque no con violencia, a fin de obtener el máximo de la bomba de inyección.

  • Durante cada ciclo de aceleración en vacío, el motor debe alcanzar la velocidad de desconexión, la velocidad especificada por el fabricante, o el máximo régimen de giro alcanzado. 
  • La prueba se realizará controlando la velocidad del motor, como se indica en el párrafo anterior o dejando pasar un tiempo suficiente entre el momento en que se acciona el acelerador y el momento en que se suelta, que en los autobuses, autocares y vehículos de mercancías de MMA>3500 kg debe ser de al menos 2 segundos.

  • La sonda para la toma de muestras deberá situarse centrada en el tubo de escape o, en su caso, en su prolongación, y en una sección donde la distribución del humo sea aproximadamente uniforme. 
  • Para cumplir esta condición, la sonda deberá situarse en el tubo de escape lo más atrás posible o, si fuera necesario, en un tubo prolongador.

Valores límite:

1. El nivel de opacidad (coeficiente máximo de absorción) no superará el valor registrado en la placa obligatoria del fabricante del vehículo. 

-

2. En caso de no disponer el vehículo de la misma, o de no disponer del dato para elmodelo/versión del vehículo, se aplicarán los siguientes valores límite para el coeficiente máximo de absorción: 

a. 1,5 m‐1 para vehículos con niveles de emisión en TITV Euro 4 y Euro IV o Euro 5 y Euro V o matriculados después del 1/7/2008 

-

b. 0,7 m‐1 para vehículos con niveles de emisión en TITV Euro 6 y Euro VI. 

c. Para el resto de vehículos (matriculados antes de 1/7/2008) se aplicarán los siguientes valores: 

            ‐ en motores de aspiración natural: 2,5 m–1. 

            ‐ en motores de turbocompresión: 3,0 m–1.

-

Los vehículos deberán ser rechazados únicamente en el caso que la media aritmética de al menos los tres últimos ciclos de aceleración en vacío sea superior al valor límite. 

Para efectuar tal cálculo, se podrá ignorar toda medición que se desvíe sustancialmente de la media; o cuando el resultado de cualquier otro cálculo estadístico que tenga en cuenta la dispersión de las medidas, sea superior al valor límite. 

El número máximo de ciclos a realizar será de ocho.

-

A fin de evitar ensayos innecesarios, no obstante, los dispuesto en el párrafo anterior, se podrán rechazar vehículos que hayan presentado valores superiores en un 50 % a los valores límite después de menos de 3 ciclos de aceleración en vacío. 

-

Igualmente, para evitar ensayos innecesarios, se podrán aceptar vehículos con valores inferiores a los valores límite después de menos de tres ciclos de aceleración en vacío. 

Las fotos que se ven en este artículo son solo informativas.

Información de los iconos del artículo. 

Apartados del artículo

Texto consolidado

Inspección Visual

Trabajo de inspección que se puede realizar visualmente.

Método de trabajo

Procedimiento a realizar por el técnico de ITV.

O en su caso su taller de confianza antes de ir a la ITV

Normativa

Información relacionada con la Normativa Vigente.

Foso o Elevador

Para realizar esta parte de la inspección es necesario un foso o elevador.

Trabajo mecanizado

Para realizar este trabajo de inspección es necesario cierta maquinaria.

REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA R.D.

Información recogida del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

Vehículos con motor de encendido por compresión

 Artículo 11 apartado 19
Particular: Directiva 1999/52/CE., Directiva 2003/27/CE.
Directiva 72/306/CEE, Reglamento CEPE/ONU 24 R.
Reglamento 715/2007/CE, Reglamento 595/2009/CE
Norma UNE 82503
+ información Artículo 11 apartado 19

Algunos Tips cortos de vídeos relacionados.

Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.

        Ceo FAQcar

Resumiendo este artículo

Antes de pasar la ITV mediante inspección visual se revisará que no presenta fugas y se medirá el grado de contaminación..., conforme al apartado que le hemos comentado y como último la reglamentación de referencia.


GANADOR DEL PREMIO

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