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Si hemos realizado una reforma a nuestro vehículo tendremos que realizar una inspección técnica, como indica el artículo 8 y otros elementos que a continuación te comentamos.
Información recogida del Real decreto 866/2010, de 2 de julio , por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos.
1 . El titular del vehículo, o persona por él autorizada, al que se le haya efectuado una reforma, está obligado a presentar el mismo a inspección técnica en el plazo máximo de quince días, aportando la documentación según se determina en el manual de reformas de vehículos.
Las fotos que se ven en este artículo son solo informativas.
Chief Executive Officer FAQcar
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