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El cálculo de la potencia fiscal de los motores de vehículos de motor, lo podremos ver en este artículo con sus datos y otros elementos que a continuación te comentamos
Información recogida del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
CVF = 0,08 • (0,785 • D2 • R)0,6 • N (1)
CVF = 0,11 • (0,785 • D2 • R)0,6 • N (2)
D = el diámetro del cilindro en centímetros.
R = el recorrido del pistón en centímetros.
N = el número de cilindros de que consta el motor.
En cualquier caso, la potencia fiscal del motor a consignar en la tarjeta de inspección técnica o en el certificado de características del vehículo, será la que resulte de aplicar la fórmula correspondiente, según el tipo del motor, expresada con dos cifras decimales aproximada por defecto.
Las fotos que se ven en este artículo son solo informativas.
Ceo FAQcar
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