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¿Qué dice la normativa sobre las reformas de importancia en el coche?

Si hemos hecho una reforma de importancia en nuestro vehículo debemos cumplir la normativa y legalizarla y otros elementos que a continuación te comentamos.

Si hacemos reformas de importancia en nuestro coche debemos de cumplir la normativa.

Normativa - Reformas, apartados

Artículo 7

Artículo 7. Reformas de importancia

1. Como reformas de importancia se entenderán las que se relacionan en la reglamentación que se recoge en el anexo I

  • 2 . El titular de un vehículo de motor, remolque o semirremolque en el que se haya efectuado una reforma de importancia deberá regularizarla ante el órgano de la Administración competente en materia de industria.

  • 3 . No se podrán sustituir, añadir o suprimir piezas, elementos o conjuntos sujetos al cumplimiento de algún Reglamento técnico por otros que no cumplan dicha reglamentación o bien no correspondan al vehículo, salvo en los casos contemplados en la reglamentación que se recoge en el anexo I.

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Resumiendo este artículo

"Si hemos hecho una reforma hay que regularizarla ante el órgano de la Administración competente en materia de industria... conforme al apartado que le hemos comentado y como último la reglamentación de referencia".

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